DECRETO 268/020

CRITERIOS BÁSICOS Y GENERALES DE FUNCIONAMIENTO

El pasado 30 de setiembre de 2020 el Poder Ejecutivo emitió el Decreto 268/020 que modifica el Régimen de Promoción de Inversiones, y con fecha 7 de octubre de 2020 la COMAP publicó los Criterios Básicos Generales de Funcionamiento del nuevo Régimen.

A continuación realizaremos un punteo de las modificaciones más relevantes:

1. CRITERIOS PARA INCENTIVOS ESPECÍFICOS

1.1. INCENTIVOS PARA MICRO Y PEQUEÑAS EMPRESAS

Las micro y pequeñas empresas que presenten inversiones dentro del ejercicio fiscal por un total acumulado de hasta UI 3.5000.000, se les otorga un 10% adicional de beneficio de IRAE y un ejercicio adicional al plazo de exoneración obtenido.

1.2. INCENTIVOS PARA USUARIOS DE PARQUES INDUSTRIALES Y CIENTÍFICO-TECNOLÓGICOS

Se les otorga un incremento del 15% sobre el beneficio de IRAE y el plazo para usufructuar tal exoneración, si desarrollan determinadas actividades.

Para aquellas empresas habilitadas como usuarias de parques industriales y parques científico-tecnológicos que no realizan las actividades a las que refiere el párrafo anterior, el monto de IRAE exonerado y el plazo para usufructuar la exoneración se incrementará en 5%.

Adicionalmente, los usuarios habilitados dispondrán de un crédito fiscal por los aportes patronales jubilatorios asociados a los trabajadores ocupados dentro del parque por los que se obtuvieron los beneficios fiscales asociados al indicador de generación de empleo.

1.3. INCENTIVOS INCREMENTALES TRANSITORIOS

Los proyectos de inversión presentados desde la vigencia del decreto 268/020 y hasta el 31 de marzo de 2021, obtendrán un incremento del 20% del % de exoneración obtenido.

Las ampliaciones de los proyectos mencionados en el párrafo anterior también podrán aplicar el % adicional siempre que se presenten en dicho período. Este beneficio incremental será aplicable siempre que las mismas representen al menos 75% de la inversión total comprometida de la ampliación. Si finalizado dicho plazo la empresa hubiera hecho uso del beneficio adicional y no hubiese ejecutado al menos el 75% de la inversión deberá reliquidar los tributos.

2. INVERSIONES TEMPORALES - VEHÍCULOS ELÉCTRICOS

Para proyectos presentados hasta el 31 de agosto de 2023, se considerará como inversión elegible:

a. Vehículos de pasajeros con motorización exclusivamente eléctrica con batería de densidad de energía gravimétrica mayor o igual a 100 Wh/kg. El valor de inversión CIF no puede superar los U$S 60.000.

b. Vehículos de pasajeros y utilitarios (misma especificación del punto 1) adquiridos para ser arrendados por empresas cuya actividad consiste en el arrendamiento de vehículos sin chofer, siempre que no sean cedidos a través de contratos de crédito de uso. El valor de inversión CIF no puede superar los U$S 60.000.

3. MATRIZ DE INDICADORES PARA OTORGAR LOS BENEFICIOS

Se introdujeron cambios en los indicadores de la nueva matriz y la fórmula de cálculo:

Decreto 143/018Decreto 268/020
PuntajePonderaciónPuntaje ponderadoPonderaciónPuntaje ponderado
Empleo0 a 1040%0 a 450%0 a 5
Descentralización0 a 1010%0 a 115%0,6 a 1,5 *
Exportaciones0 a 1015%0 a 1,520%0 a 2
Tecnologías Limpias0 a 1020%0 a 220%0 a 2
I + D + i0 a 1025%0 a 2,520%0 a 2
Indicador Sectorial0 a 1020%0 a 225%0 a 2,5

* con la nueva metodología el puntaje mínimo sin ponderar es de 4 puntos

Para alcanzar el beneficio hay que alcanzar como mínimo 1 punto entre todos los indicadores sin considerar el de Descentralización, con ello las empresas se aseguran el piso del 30% de IRAE, los restantes beneficios fiscales, y el mínimo de 4 años.

El monto máximo de exoneración no podrá superar el 100% del monto invertido y el plazo máximo es de 25 años (existen límites máximos por tramo de inversión).

La exoneración de IRAE no podrá superar el 90% del impuesto a pagar en cada uno de los ejercicios comprendidos en la declaratoria promocional.

4. MATRIZ SIMPLIFICADA

Se podrá utilizar un régimen simplificado, utilizando para el cómputo del puntaje el indicador de Generación de empleo.

Se definen 7 tramos de inversión por monto, asignando un puntaje en función de un mínimo de personas por tramo para la obtención de puntos. El puntaje máximo es de 10 puntos. A su vez existe una tabla con el porcentaje de exoneración según el puntaje obtenido.

Para los proyectos de inversión que se presenten hasta el 31 de diciembre de 2020 se otorgará un punto adicional.

Quedamos a disposición para cualquier aclaración o ampliación.

Cra. Andrea Villalba Plada

Montevideo, octubre de 2020