PUESTA A PUNTO DE LA NORMATIVA APROBADA EN EL CONTEXTO DEL COVID-19

Actualizando los informes anteriormente remitidos, comunicamos la adopción de las siguientes medidas cuya publicidad se dio a conocer en estos últimos días.

Prórroga subsidio especial por desempleo

Por medio de la Resolución N° 2182, de fecha 15 de setiembre de 2020, el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social extendió la vigencia de los actuales regímenes de subsidio por desempleo parcial hasta el 31 de diciembre de 2020.

Recordamos que los regímenes de subsidio parciales habían sido creados por la Resolución N°143 y por la Resolución N°1024.

La Resolución N°143 creó un régimen especial de subsidio por desempleo abarcando a los trabajadores dependientes con remuneración mensual, fija o variable, y comprendidos en el ámbito de aplicación del Decreto Ley 15.180. Las causales de acceso podían ser o bien reducción en los días de trabajo en el mes o reducción en las horas de trabajo de la jornada habitual.

Asimismo, por Resolución N°1024, se creó un segundo régimen especial de seguro de desempleo parcial para los trabajadores remunerados por hora o por día (jornaleros) y para trabajadores destajistas con remuneración variable por reducción de ingresos.

En el marco de las referidas resoluciones, las empresas podrán enviar al subsidio por desempleo a los trabajadores mensuales, jornaleros y destajistas hasta el 31 de diciembre del corriente.

El régimen de seguro parcial es independiente al subsidio por desempleo por causal suspensión total de tareas, y los trabajadores podrán acceder al seguro parcial con total independencia de si agotaron o no los plazos máximos de aquel.

Quedamos a disposición por cualquier aclaración o ampliación.

Montevideo, 22 de setiembre de 2020